EXPOSITORES:
Razones para exponer:
Con la organización de expoboda intentamos por un lado aportar un grano de arena en la promocion del comercio almeriense y su imagen de prestigio y calidad, y por otro, que las parejas en tramites de boda,puedan, en un ambiente festivo y en poco tiempo, comparar y elegir entre la variada oferta que los mejores profesionales del sector ofrecen.
EXPOBODA se ha convertido en estos cinco años en una herramienta eficaz e imprescincible tanto para el expositor como para el visitante.
EXPOBODA es una excelente oportunidad para conocer en un escenario único, el del Palacio de Exposiciones y Congresos de Aguadulce, todas las novedades que ofrecen las mas de cien empresas expositoras que representan la oferta comercial mas imnovadora y moderna de la provincia de almeria.
Las ferias constituyen una de las herramientas más útiles y, probablemente la más interesante en la relación coste/eficacia dentro del marketing moderno. En este encontrará información acerca de la utilidad de las ferias, su importancia y las ventajas que ofrece la celebración de estos eventos frente a otros instrumentos de marketing.
15 RAZONES PARA SER EXPOSITOR ·
1. Ganar cuota de mercado y reforzar una determinada imagen de marca de la forma más económica y eficiente. ·
2. Establecer una interacción directa entre comprador y vendedor, cara a cara. ·
3. Obtener un alto volumen de información en un corto plazo de tiempo. ·
4. Establecer contactos comerciales: encontrarse con los clientes habituales y/o captar nuevos clientes. ·
5. Tomar el pulso al mercado y conocer las tendencias actuales y futuras. ·
6. Comprobar el grado de satisfacción de los clientes reales o potenciales respecto a nuestros productos y los de los competidores. ·
7. Obtener feedback inmediato en la introducción de nuevos productos y/o mejoras en los ya existentes. ·
8. Intimar con otros profesionales del sector para comentar problemas y nuevas tendencias. ·
9. Tener una idea clara acerca de la competencia: Quien es y cuál es la posición de nuestra entidad con respecto a los demás. También poder conocer a los clientes de la competencia. ·
10. Participar en jornadas y actos paralelos que ayudan a evaluar la evolución y tendencias del mercado. ·
11. Oportunidad inmejorable para identificar posibles proveedores, subcontratistas, representantes, importadores y distribuidores. ·
12. Acelerar el proceso de decisión de compra. ·
13. Generar oportunidades de exportación. Las ferias proporcionan el acceso al mercado internacional al mejor precio y constituyen una auténtica plataforma en la estrategia de internacionalización de las empresas. ·
14. Investigar sobre la política de precios de nuestra entidad respecto a la competencia. ·
15. Contribuir a reforzar la imagen de la empresa
Las ferias se colocan en segundo lugar en el ranking, sólo detrás de la venta directa, en lo que se refiere a su influencia en el proceso de ventas.
El coste medio por visitante es un 45% inferior en una feria comercial que en una venta directa.
En un 91% de los casos, la participación en ferias constituye un factor clave para la toma de decisiones de compra, colocándose en primer lugar con respecto a otras fuentes de información (publicaciones, asociaciones, directorios, vendedores, etc.)
Para el 85% de las empresas, la participación en ferias supone un ahorro de costes importante, al concentrar compradores y proveedores de productos y/o servicios en un mismo lugar.
Según el anterior estudio, el 80 % de las empresas considera que las ferias constituyen la única oportunidad para discutir problemas y nuevas tendencias con otros profesionales del sector
Aproximadamente el 54% de los potenciales clientes contactados en las ferias no precisan posteriores visitas para cerrar una venta. Por el contrario, un primer contacto en el domicilio del cliente potencial requiere 4,3 visitas de media para cerrar una venta.
El 71% de los visitantes comparten la información que obtienen en las ferias con 1 a 6 personas cuando regresan a sus empresas
El 83% de los hombres de negocios líderes confía en las ferias como instrumento para estar al corriente sobre las tendencias del sector.
SECTORES: vestidos de novia, trajes de novio, vestidos ceremonia, trajes acompañantes, mueble y decoración, floristerías, fotografia y video, lencería, joyeria, ropa de casa, menaje del hogar, peluqueria y maquillaje, hoteles, restaurantes, detalles y complementos, invitaciones y tarjetas, agencias de viaje, cohes de lujo, limusinas, coches de caballo, calzado, inmobiliarias, entidades financieras, seguros, musica y animación, listas de boda, catering, estetica, pastelerias, despedidas de soltero, organización y protocolo.
SERVICIOS:
montaje de stands, vigilancia 24 hs., seguro responsabilidad civil de 1.200.000 € , limpieza de stand y pasillos, consumo electrico, publicidad estatica recinto ferial, publicidad catalogo oficial de la feria, mobiliario, complementos del stand, plantas, folletos publicidad, stand de diseño, azafatas , pagina web,servicio ATS en celebración, servicio de restauración.
COMUNIONES-BAUTIZOS:
desde hace 2 años, expoboda presta atención especial a las comuniones y los bautizos, ya que es epoca de preparativos y muchos de los servicios que ofrecemos son comunes. ahora es cuando empieza la temporada para dejar a punto todos los detalles de la comunión de vuestros hijos. trajes de comunión, vestidos de fiesta, regalos y como no, uno de los mas importantes...¿dónde celebramos el evento??. una vez conocemos la fecha de la celebración, es el momento de organizarlo todo para no encontrarnos con sorpresas.
En expoboda encontraras todo lo necesario para organizar la comunión de tus hijos de mano de las mejores empresas de la provincia.
REGLAMENTO
Objetivo de la Feria
Artículo 1º. Expoboda tiene como finalidad la promoción y el impulso del amplio sector comercial dedicado al complejo mundo de las bodas, siendo una herramienta de marketing imprescindible para aumentar tanto el nivel como el volumen de contactos y mostrar una buena impresión para hacer crecer la actividad comercial de su empresa.
Gestión
Artículo 2º. La Organización, Dirección y Comercialización de la Feria la gestiona Meeting Point Almería S.L., cuya competencia alcanza a todas las cuestiones relacionadas con la interpretación y el cumplimiento del presente Reglamento.
Condiciones de admisión
Artículo 3º. Toda persona natural o jurídica que pretenda participar como expositor en los Certámenes de la Feria, deberá solicitarlo por escrito a la Organización de la Feria, por medio de la correspondiente solicitud que se le facilitará y que constituirá una vez firmada, un compromiso en firme por parte del expositor. Al mismo tiempo se efectuará un ingreso y señal del 50% del Coste de Participación, debiendo abonar la totalidad de los pagos quince días antes del día señalado para la inauguración de la Feria. Se acompañará a la solicitud un pequeño proyecto de instalación por duplicado, a escala en sus tres dimensiones y relación de los materiales que se vayan a utilizar en la construcción, de forma que todo ello permita formarse una idea del modo que ha de presentarse la instalación.
Cuando se trate de instalaciones al aire libre, el proyecto será presentado también por duplicado y firmado por un técnico si fuese necesario. Las solicitudes deberán ser presentadas en las oficinas de Meeting Point Almería S.L., antes de las fechas expuestas en el boletín de admisión.
Aceptación
Artículo 4º. Las solicitudes de admisión se resolverán con carácter inapelable por la Organización de la Feria, quien aceptará la admisión sin tener que justificar el motivo de su fallo. Las admisiones quedarán supeditadas al número de stand y a los espacios libres disponibles. De ser denegada la petición por la Feria, será devuelto el total del 50% abonado al hacer la reserva. Aceptada la solicitud por la Feria, si el expositor rescindiera su contrato, perderá el 50% que abonó al formular su petición, si esta se produce en los dos meses anteriors a la realizacion de la misma. Si la anulacion se produjera en el mes aterior. la empresa organizadora no se vera obligada a devolver cantidad alguna por daños y perjuicios.
Adjudicación de espacios
Artículo 5º. Los espacios destinados a exposición pueden ser de distintas dimensiones, sujetándose sus medidas a las siguientes normas o reglas:
a) En la zona cubierta o exposición interior, la modulación será establecida en cada ocasión por la Organización o Dirección de la Feria. Cada expositor podrá solicitar los metros cuadrados o espacios que necesita, conforme a la modulación establecida.
b) En las zonas al aire libre la contratación se hará por metros cuadrados. Las superficies mínimas o máximas, así como la alineación de los stands en esas zonas, serán, en todo caso, determinadas por la Organización de la Feria, sin que, contra la decisión tomada por éste, quepa reclamación por el expositor.
c) El expositor será responsable ante la Feria de los deterioros que se ocasionan en los stands, por taladrar, clavar, cortar, etc... y en general, por el mal uso que en ellos se haga.
Decoración
Artículo 6º. Será a cargo de los expositores la decoración de sus instalaciones, sometiéndose, no obstante, a las modificaciones que puedan ordenar la Dirección de la Feria, que tiene que velar porque el conjunto resulte lo más armónico posible.
Mercancías expuestas
Artículo 7º. La Feria admitirá toda clase de mercancías, con excepción de los explosivos o de cualquier clase de mercancía que puedan perjudicar a los expositores o público. Los expositores no podrán exhibir en sus instalaciones muestras o mercancías distintas de las que hayan detallado en la solicitud de admisión, pudiendo la Organización de la Feria ordenar sean retirados los productos que no cumplan este requisito. Durante la Celebración del Certamen no podrán retirarse las mercancías expuestas, ni introducirse otras nuevas, sin autorización especial de la Dirección. Se admite maquinaria en acción con tal de que no constituya molestias o peligros para los expositores y para el público, siendo obligatoria la adopción de todas las medidas necesarias para evitar accidentes. En cualquier momento, la Organización de la Feria, podrá ordenar el no funcionamiento de la maquinaria autorizada al efecto.
Montaje de los stands
Artículo 8º. Los correspondientes espacios estarán a disposición de los expositores con la antelación necesaria para el montaje. Los pases correspondientes a operarios de montaje deberán solicitarse en las oficinas de la Dirección días antes de iniciarse el montaje. Serán imprescindibles para acceder al recinto. Un día antes del señalado para la inauguración del Certamen deberán quedar terminadas la construcción y las muestras, no permitiéndose después, bajo pretexto alguno, la entrada de objetos a la Feria. Las instalaciones y su decoración deben hacerse de acuerdo con el proyecto presentado. La circulación de los vehículos de todas clases que transporten materiales o mercancías dentro del Recinto Ferial, deberán efectuarse por el itinerario que se les señale hasta su emplazamiento, siendo responsables los expositores de los daños que puedan producirse. La Feria declina frente a terceros toda responsabilidad en lo concerniente a la construcción y solidez de las instalaciones de los stands, correspondiendo aquellas exclusivamente a los expositores.
Instalaciones técnicas
Artículo 9º. La iluminación general del pabellón, exterior, calles, etc., así como el alumbrado de socorro y vigilancia, se realizará por cuenta de la Feria. El montaje de las instalaciones de agua y desagüe correrá a cargo de las casas expositoras. Estos trabajos se realizarán siempre previa autorización de la Organización de la Feria que señalará, en cada caso, por medio de la oficina técnica, los puntos del empalme con la red general y el recorrido de las tuberías a instalar. Las instalaciones eléctricas especiales se conectarán a la red general en la caja de distribución o lugar que se señale por la Organización, siendo abonados por los expositores los gastos que se produzcan. La Feria declina toda responsabilidad respecto a los posibles daños o perjuicios que puedan derivarse de las alteraciones o cortes de corriente que circunstancialmente se produzcan. El consumo de energía eléctrica será valorado por el personal técnico de la Feria y el expositor estará obligado a satisfacer, al conectar su stand, el importe del fluido. Es imprescindible figurar en la solicitud la potencia que pretenda instalar en su stand.
Agua
Artículo 10º. Sólo podrá instalarse agua en aquellas zonas donde existan canalizaciones permanentes, debiéndose citar la necesidad de la misma en la solicitud de admisión y se abonará en concepto de canon por utilización de agua la cantidad que se fije por toda la duración del Certamen.
Cimentación y obras
Artículo 11º. Para efectuar obras de cimentación en el Recinto Ferial será necesario el permiso especial de la Organización de la Feria. Terminado el Certamen, deberán ser repuestos el suelo y paredes afectadas por las obras a su primitivo estado. El coste de estas reposiciones, así como las indemnizaciones por los posibles daños ocasionados, correrán a cargo de la empresa expositora titular del stand, pudiendo exigirse una fianza que garantice el coste de los daños.
Teléfonos
Artículo 12º. Los expositores, abonando el importe señalado al efecto, podrán obtener la instalación de los teléfonos que precisen, pidiéndolo en la solicitud de admisión.
Mantenimiento de los stands
Artículo 13º. Los stands deberán permanecer abiertos durante todo el transcurso de la Feria de acuerdo con el horario señalado y serán atendidos por el personal que designe el expositor.
Desmonte de los stands
Artículo 14º. El desmonte de los stands se iniciará al día siguiente de la clausura del Certamen, debiendo estar terminado en un plazo de tres días. Los pases correspondiente a operarios de desmonte deberán solicitarse en la oficina al mismo tiempo que los pases de operarios para montaje. La entrega de los pases de desmonte se entregarán al tiempo de retirar la autorización de salida. Para la retirada del Recinto Ferial de las muestras expuestas y los elementos de decoración será necesaria la autorización expresa de la Organización. Esta autorización de salida se librará a los expositores que se hallen al corriente de todos los pagos debidos, hayan desmontado su material y dejado el espacio ocupado en su primitivo estado. No obstante la Feria podrá proceder al almacenamiento de las muestras y elementos utilizados en la decoración en un lugar adecuado, con arreglo a las condiciones y tarifas que se establezcan. Terminado el Certamen, el expositor podrá pedir autorización a la Dirección para conservar las obras construidas en el stand para su utilización en el próximo Certamen; en caso de ser autorizado dejará en fianza el 50% del importe de alquiler.
Medidas de seguridad
Artículo 15º. La Feria tendrá, durante las horas de apertura al público, un servicio de vigilancia y orden. Igualmente se ejercerá este servicio en las horas que permanece cerrada al público. Los expositores, durante las horas de visita del público, realizarán la vigilancia de sus stands, estando prohibidas en las horas restantes la permanencia en los stands del personal de los mismos. Durante los días de celebración del Certamen, con el fin de evitar hurtos, sólo se permitirá la salida de mercancías previa presentación al personal de seguridad de la correspondiente autorización. Dichas autorizaciones podrán obtenerse en las oficinas de la Organización y deberán ir selladas y firmadas por el Director de la Feria. La vigilancia general terminará una vez clausurado el Certamen, a partir de ese momento cada expositor será responsable de la seguridad de sus muestras e instalaciones, sin perjuicio de que la Feria mantenga su vigilancia después de la clausura.
Responsabilidad Civil
Artículo 16º. Los expositores serán responsables de todo daño causado a personas y objetos propiedad de terceros, tanto por acción propia como por la del personal adscrito al stand, o cuando tal daño tenga su origen por la instalación de máquina y funcionamiento de aparatos del mismo stand. La Feria no responderá de las pérdidas o daños que pudieran sufrir, tanto del stand como de los objetos, muestras, material de exhibición, decoración o embalaje, antes, durante y después de la Celebración del Certamen.
Seguros
Artículo 17º. El seguro contra incendios de los stands, de sus instalaciones y de los objetos o mercancías expuestos en el mismo, será obligatorio y podrán suscribirlo los expositores a través de la póliza contratada por la Feria. La Feria no responderá del hurto, extravío o hechos similares. Los expositores que lo estimen conveniente podrán suscribir la correspondiente póliza de seguro contra robo a través de la Organización.
Transporte y grúas
Artículo 18º. Para la entrada de mercancías y materiales en el Recinto Ferial deberá solicitarse previamente en las oficinas de la Feria la correspondiente autorización. La Feria tendrá un servicio de grúas a disposición del expositor con tarifas especiales.
Transacciones comerciales
Artículo 19º. No se permitirá la venta de artículo para ser retirados de los stands durante el transcurso de la Feria. Se exceptúan los productos de artesanía y los perecederos o que exijan degustación, bien sea gratuita o rebajada. Los expositores que ofrezcan degustación deberán presentar a la Organización de la Feria, una lista de precios para que, debidamente diligenciada, sea expuesta al público para su información.
Publicidad
Artículo 20º. La Feria publicará un cartel anunciador, prohibiéndose su reproducción. La propaganda impresa y objetos de cualquier clase que sean, se distribuirán por los expositores, exclusivamente, en el interior de los stands. Está prohibida la publicidad particular hablada a través de altavoces, músicas, campanas, etc., que puedan molestar a los expositores, vecinos o al público visitante.
Jurisdicción
Artículo 21º. Los expositores se someterán para todos los litigios a que pueda dar lugar su participación en la Feria, a los tribunales de la ciudad de Almería.
Aceptación del reglamento
Artículo 22º. El hecho de solicitar un espacio o stand, obliga a los expositores a aceptar y respetar íntegramente todas las prescripciones de este Reglamento, como así mismo, las decisiones del Comité Organizador en todos los casos no comprendidos en este Reglamento. La infracción de cualquiera de las prescripciones del presente Reglamento, podrá motivar la expulsión inmediata, temporal o definitiva, del expositor contraventor.
Horarios de montaje
Artículo 23º. Los Horarios de Montaje de stands libres se extenderán sólo y exclusivamente a los que marque la propia Organización.
